“(…)
9.
Prohibición de la expatriación de los inmigrantes ilegales. Sólo se
procederá a expatriar a aquellos sujetos que rechacen trabajar bajo las
condiciones laborales contenidas en el punto uno del presente programa mínimo
y, a aquellos que sean penados por conductas violentas, criminales, terroristas
o golpistas y análogas. Se eliminará así con la expatriación sistemática que se
ejerce actualmente contra los trabajadores inmigrantes ilegales y suprimirá la
fuente de la que se nutren numerosas mafias y extorsionadores. Desaparecerá la
concepción nacionalista de nacionalidad, la distinción entre trabajadores
originariamente nacionales y aquellos nacidos en el extranjero. La clase obrera
no tiene patria.
1. Obtención de la ciudadanía
estatal –ya no será nacionalidad, sino el estar suscrito al Estado Obrero como
trabajador- por el mero hecho de trabajar en territorio
nacional. El emigrante perderá tal ciudadanía. La recuperará de
inmediato si inmigra a territorio estatal y trabaja –como todos. Esta es la
condición universal-.
(…)”
(Extraído del Programa aprobado en el I Congreso del Partido Comunista del Trabajo de España; Programa Mínimo.)
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